Un nuevo Real Decreto aprobado el pasado 22 de enero por el Gobierno ha traído consigo importantes cambios sobre la regulación sobre los vehículos al final de su vida útil que afectan desde el momento de dar de baja un vehículo hasta la comercialización de los recambios usados con el objetivo de adaptarse a la Directiva europea. Además, el nuevo Real Decreto pretende ampliar la responsabilidad del fabricante del vehículo, obligandole junto con los importadores, a organizar y financiar la recogida y gestión de los coches que se achatarren y del tratamiento de los residuos que estos generen.

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La gran novedad de la nueva ley es que, a partir de ahora, solo se permite a los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT) extraer y comercializar las piezas usadas de los coches, siempre y cuando éstos hayan sido dados de baja definitivamente y descontaminados. De esta forma, se consideran ilegales todos aquellos recambios usados que no provengan de un CAT.

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Así, tendrán responsabilidad legal las plataformas que publiciten un recambio ilegal y los talleres y particulares que monten cualquier pieza usada sabiendo que no proceden de un CAT. Además, en el caso de los particulares, ya no se podrá vender piezas y componentes usados de un coche de forma directa en el mercado de segunda mano.

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En el caso particular de los neumáticos, el Real Decreto especifica claramente la forma en la que se debe actuar. Con la nueva normativa, el CAT tiene dos posibilidades: recuperarlos en el proceso de separación de componentes para venderlos, o entregarlos a los gestores de neumáticos. De esta forma, la Consejería puede estar al corriente de los movimientos generados con los neumáticos usados y evitar que sean los propios particulares los que vendan directamente.

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Por último, es necesario saber que ahora, a la hora de dar de baja de forma definitiva a un vehículo y entregarlo de forma gratuita al CAT, éste debe disponer de todas las piezas, ya que si el propio CAT que se han sustraído piezas o componentes, tiene la obligación de notificarlo a la Consejería competente de la Comunidad Autónoma en cuestión.

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Centros Autorizados de Tratamiento (CAT)

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Los CAT son lo que tradicionalmente conocemos como desguaces. Para ser autorizados y reconocidos como tal por el organismo medioambiental de su Comunicad Autónoma, deben contar con una serie de requisitos y medios técnicos que establece la normativa europea. Entre estos requisitos se encuentra: zona de recepción de vehículos, zona anticontaminación y zona de taller para desmontar estos coches. En España contamos con más de 300 Centros Autorizados de Tratamiento que pueden consultarse en la página web de la DGT.
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Fuente de la informacion: http://www.autofacil.es/usuario/2017/02/20/nueva-ley-recambios-usados-coche/37221.html

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