Con la entrada en vigor del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil (VFU) el pasado 22 de enero, se produce la adaptación de la regulación de esta tipología de residuos a la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados.

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El mismo deroga al anterior Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, que en su momento incorporó a la normativa interna española los contenidos de la Directiva Europea 2000/53 y que, sin duda, supuso un cambio significativo en la situación de la gestión de los VFU  que hasta el momento se hacía en España.

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El Real Decreto 20/2017 da un paso más allá y está cargado de novedades con respecto a su norma predecesora e introduce conceptos que tras la publicación de la Ley 22/2011 era necesario adoptar. Así por ejemplo se incorpora el término "preparación para la reutilización", que incluye algunas operaciones que permiten la preparación del vehículo para su reutilización una vez se ha convertido en residuo. Es el caso de las operaciones de desmontaje, comprobación, descontaminación, limpieza o reparación a llevar a cabo en los denominados Centros Autorizados de Transformación. Se fomenta también la creación de un mercado de subproductos y piezas en el sector de reparación de vehículos y se establecen objetivos mínimos de preparación para la reutilización dotándose a las Administraciones públicas de instrumentos que permitan conocer la cantidad de piezas que se comercializan en el mercado de segunda mano.

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Se establecen además las premisas en relación a la denominada “responsabilidad ampliada del productor”, término que si bien había sido usado con anterioridad se explicitó de forma concreta en la Ley 22/2011 de Residuos,

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 imponiendo a fabricantes e importadores el cumplimiento a toda una serie de obligaciones en relación a la recogida y gestión de los vehículos, y debiendo éstos, siempre y cuando resulte necesario, sufragar los costes de estas operaciones para lo que se propugna una colaboración activa con los gestores de residuos del sector.

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En línea con la denominada economía circular y adaptándose a lo establecido en el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022 en vigor, se introducen por primera vez, objetivos concretos con porcentajes de preparación para la reutilización, como por ejemplo, alcanzar el 85% de reutilización y reciclado y el 95% de reutilización, reciclado y valorización del peso medio por vehículo y año de la totalidad de los VFU que se generen.

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Es importante recordar además que se establecen medidas concretas destinadas a una mejor gestión de los VFU desde el punto de vista estrictamente ambiental a lo largo de distintos momentos del ciclo de vida de este artículo. Así en los estadios iniciales se fomentarán estudios e investigaciones orientadas a las necesarias mejoras en los procesos de diseño, tanto en la ingeniería de la pieza como en los materiales utilizados para de estar forma facilitar la posterior gestión una vez el vehículo devenga en residuo. Además, en todos los procesos de la cuna a la tumba, se favorecerá la implantación de sistemas de gestión ambiental (SGA), como ISO 14001:2015 o bien EMAS y se reforzarán las operaciones de control, a través de la colaboración con entidades como el MAGRAMA, la AEAT o el SEPRONA para identificar las prácticas no reguladas, tratando de asegurar en todo momento la correcta gestión de esta tipología de residuos circunscrita a las instalaciones convenientemente autorizadas para ello.

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Cara a la mejor intervención por parte de las Administraciones, el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil (VFU) establece también que los productores de vehículos deben presentar, asimismo, un informe anual sobre la puesta en el mercado de vehículos y los residuos generados, recogidos y tratados procedentes de estos vehículos. Y en línea con otras tipologías de residuos, los gestores de residuos que realicen operaciones de tratamiento de vehículos al final de su vida útil deberán presentar una memoria anual relativa a todos los residuos que gestionen.
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Fuente de la informacion: https://www.cerem.es/blog/novedades-del-real-decreto-20-2017

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